RESOLUCIÓN Nº 203/2022

SANTA ROSA, 18 de agosto de 2022

VISTO:

 

El Expediente N° EX 2022 00004271 – JUSPAMPA- SRH y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que en las presentes actuaciones tramita la realización de un Concurso Interno de ascenso para cubrir una categoría de Jefe de Despacho en la Secretaría de Sistemas y Organización de la Primera Circunscripción Judicial, siendo sometido a consideración el acto (Or. 46) por el cual como resultado del proceso se designa al Escribiente Juan Pablo GARAU, DNI N° 25.851.212 en el cargo concursado;

 

Que el Contador Fiscal interviniente se expidió no conformando las actuaciones, elevándolas a consideración de este Tribunal mediante el Dictamen Nº 228/2022 –GCP- (Or. 50), debido a que en este concurso interno de ascenso “… no se da cumplimiento con lo establecido en los artículos 1° y 2° de la ley N° 3385, referida a la incorporación de contenidos referidos a la temática de género y violencia contra las mujeres y el colectivo LGTBIQ+ en todas las instancias de evaluación de concursos de la Administración Pública, tal como lo expresa el dictamen N° 480/2022 la Secretaria Legal del Superior Tribunal de Justicia obrante en Or. 43. …”;

 

Que los efectos de aprobar o desestimar el trámite traído a consideración de este cuerpo, se procedió por Resolución N° 193/2022 a suspender el plazo establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N° 513/69 y solicitar al Superior Tribunal de Justicia se expida y acompañe la documentación correspondiente en su caso, respecto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 3385;

 

Que traído a consideración de este Tribunal, se observa que efectivamente se ha incorporado constancia de la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres y el colectivo LGTBIQ+ realizada por el empleado participante del concurso (Or. 58), dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 2° de la referida norma;

 

Que con citada constancia de Or. 58 se verifica fehacientemente el cumplimiento de la capacitación obligatoria requerida en el artículo 2° de la Ley N° 3385, por lo que contemplando que el dictado de la norma y su publicación en el B.O data del 5 de noviembre de 2021 y su proximidad a la convocatoria del concurso aquí evaluado, no obstante no haberse incluido en el contenido de la evaluación temática de género y violencia contra las mujeres y el colectivo LGTBIQ+, -no cumpliéndose así lo dispuesto en el artículo 1°-, de manera excepcional y en razón de la conveniencia de la medida propuesta en tanto no se comprueba en el proceso del concurso la existencia de impugnaciones o reclamos, procede conformar el Proyecto de Resolución (Or. 46) desestimando las observaciones del Contador Fiscal;

 

Que este Tribunal se ha expedido recientemente en sentido similar en Resoluciones N°  148/22, 149/22, 156/22, 161/22 y 162/22, 177/22 y 178/22 (publicadas en el Digesto del Tribunal de Cuentas https://digesto.tcuentaslp.gob.ar), habiendo sugerido dar promoción a la Ley N° 3385 a través del organismo con competencia específica para ello -Secretaría de la Mujer, Géneros y Diversidad de la Provincia de La Pampa-, para garantizar la implementación efectiva de la misma, como también lo ha realizado en similar sentido con el Poder Judicial en la Resolución N° 148/22;

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Aprobar el Proyecto de Resolución (Or. 46), por las fundamentaciones vertidas en el exordio, en los términos del artículo 5º del Decreto Ley N° 513/69.

 

Artículo 2°:Informar al Poder Judicial de la Provincia de La Pampa que la presente aprobación del tramite es de carácter excepcional, debiendo en el futuro dar íntegro cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 3385.

Artículo 3°:Regístrese por Secretaría, notífíquese al Contador Fiscal interviniente y cumplido archívese.